De los autores de: “Te ensanché la 7”, “Hicimos dos puentes” y “Mejoramos el arroyo Garibaldi”, se viene una nueva entrega que involucra un gran negocio inmobiliario que apunta a quedarse con las zonas rurales y terrenos protegidos de Villa Elvira. Enterate de la modificación del COU por medio de un Decreto que hizo el Intendente.
Informó el portal MediaNews, que en mayo de éste año la
Dirección General de Planeamiento realizó una propuesta urbanística que envió
al intendente Julio Garro y que forma parte del “Plan Estratégico 2030”, un
programa que el jefe comunal presentó a principio de su gestión y que no se había
conocido oficialmente.
Según detalla la
nota, “el objetivo fundamental es promover un desarrollo equilibrado de los
distintos distritos y sectores que configuran el ejido municipal” y para ello
deberán modificarse artículos del Código de Ordenamiento Urbano (COU).
El decreto firmado
hace muy poco por Garro establece: “implementar la primera etapa,
correspondiente a la intervención de los sectores Norte y Sur, según
lineamientos establecidos en el marco del Plan Estratégico 2030, como resultado
de la fase diagnóstica elaborada por las mesas de trabajo con participación de
los diferentes actores”.
Según indica el decreto, modificará el
artículo 129 de la Ordenanza 10.703 (COU), y agregarían “nuevas vías a la red
de conectoras principales que cumple la función de prolongar dentro de La Plata
calles que conectan diferentes zonas urbanas, complementarias, rurales e
industriales”. A las ya existen, el gobierno de Julio Garro quiere agregar
calle 467 entre 28 y Ruta provincial 36, 141 entre 407 y 520, 501 entre 28 y
178, 426 entre 28 y Ruta 36, 30 entre 81 y 694, 635 entre 7 y Ruta 11, 659
entre 7 y 22, y 7 entre 637 y 666.
También quieren
agregar dos nuevas áreas de valor patrimonial. A través de la ley 12.247, la
cuenca del Arroyo El Pescado, desde su nacimiento en el partido de La Plata,
entre las calles 612 y la Ruta Provincial 36, hasta su desembocadura en el Río
de La Plata, entre el Balneario Bagliardi y el Balneario Municipal de La
Balandra en el partido de Berisso es paisaje protegido de interés provincial.
Además, quieren prohibir las construcciones en el polígono delimitado por las
calles, 66, 7, 671 y 22.
La otra área sería
la que queda comprendida desde la intersección de Ruta 2 y calle 141, por esta
hasta la calle 467, por esta hasta la calle 161, por esta hasta la calle 501,
por esta hasta calle 167, por esta hasta calle 72, por esta hasta calle 137,
por esta hasta calle 90, por esta hasta Ruta provincial 36.
Habrá
rezonificaciones, se plantea agregar en el anexo 1 del COU, que detalla la
zonificación general quedará de la siguiente manera: desde calle 141, por esta
intersección con calle 467, por esta hasta su intersección con calle 148 será
“reserva urbana”.
Serán zonas
“residenciales”, desde la intersección de “la calle 141 y 426, por esta hasta
la calle 132, y por este hasta calle 446, de allí hasta su intersección con la
calle 31 bis, por esta hasta la calle 483, por esta hasta su intersección con
la prolongación de la calle 132 bis, por esta hasta su intersección con la
calle 141 y por esta hasta el inicio”. También desde “la 141 y 462, por esta
hasta calle 138, de allí hasta calle 460, por esta hasta su intersección con
calle 135, hasta calle 467, por este hasta su intersección con la calle 135, y
continuando por el eje noreste de esta misma parcela hasta calle 138, por esta
hasta su empalme con calle 476 bis, por esta hasta calle 141 y desde allí hasta
el inicio”.
La tercera zona
residencial estará delimitada de la siguiente manera: “desde la intersección de
las calles 160 y 467, por esa hasta calle 141, continuando por el límite sur de
dicha parcela hasta el empalme con calle 501, por esta hasta su intersección con
la prolongación de la calle 166, por esta hasta su intersección con el límite
noroeste hasta calle 160, de allí hasta calle 467 y por esta hasta el inicio.
Por otra parte,
será zona residencial mixta, “las parcelas frentistas al eje vial 141 desde 520
hasta Ruta 2, a calle 467 entre 28 y 160, y a calle 446 entre 28 y 160”. “Desde
la intersección de la calle 486 y 501, por esta hasta calle 141, de allí la
intersección con calle 486, y por esta hasta el inicio, será zona de
esparcimiento”.
La zona de preservación
patrimonial será el área protegida desde Ruta 2 y calle 141, hasta la calle
467. De allí hasta la calle 161, por esta hasta la calle 501, por esta hasta
calle 167, por esta hasta calle 72, por esta hasta calle 137, por esta hasta
calle 90, por esta hasta Ruta provincial 36. El comprendido por las calles 419,
179, 407 y 141 quedará excluido.
En la zona sur, se
modificará de rural intensiva a “reserva urbana”, desde calle 30 y 91, hasta la
calle 22, desde allí hasta su intersección con el límite oeste hasta el empalme
con calle 626, continuando por el límite sur de dicha parcela hasta su
intersección con el límite este, y por este último hasta el cruce con calle 22,
hasta su intersección con la calle 637, por esta hasta su intersección con la
calle 30, y por esta hasta el inicio.
También habrá una
zona que pasará de rural intensiva a “residencial de promoción”: “Desde calle
22 hasta su intersección con calle 90, por esta hasta su intersección con calle
18, por esta hasta su intersección con calle 98, por esta hasta su intersección
con calle 13, por esta hasta calle 605, por esta hasta diagonal 605, por esta
hasta calle 610, por esta hasta calle 22 y por esta hasta el inicio”.
Desde la
intersección de calle 22 y 630, por esta hasta calle 8, por esta hasta su
intersección con el limite noreste de la parcela 2966b, por esta hasta el
límite sudeste de la parcela PC 2967, y continuando hasta calle 13, por esta
hasta el empalme con calle 637, por esta hasta con calle 7. De allí hasta el
cruce con calle 650, luego hasta el empalme con calle 12, por esta hasta su
intersección con calle 657, luego hasta el cruce con calle 13 bis, por esta
hasta su intersección con calle 659, por esta hasta calle 12, por esta hasta su
intersección con calle 661, por esta hasta calle 7, por esta hasta calle 666,
por esta hasta su intersección con calle 22 y por esta al inicio.
El Concejo
Deliberante deberá debatir si modifica de reserva urbana a residencial de
promoción, la zona que implica calle 619 continuando hasta calle 613 bis, de
allí hasta el cruce con calle 3, por esta hasta el empalme con calle 609, y
desde allí hasta calle 606 bis.
Desde calle 609
hasta calle 122, por esta hasta su intersección con calle 611 y hasta el
empalme con ruta 11. Desde la intersección con el límite sudeste de la parcela
1685e hasta calle 127, por calle 122 hasta el límite noreste de la parcela 2907
b, hasta su intersección con calle 118, y hasta calle 613. Allí será hasta los
límites oeste de la parcela 2918ª, y hasta calle 619 y por el inicio.
También modificarán
de zona rural intensiva a residencial de la periferia del eje noroeste, desde
la intersección de la calle 7 y 641, hasta el cruce con calle 122, por esta
hasta su intersección con calle 650, hasta calle 7 y por esta al inicio.